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La bancarización llega a las cajas de ahorro
Con demasiados años de retraso y la oposición nada llamativa de los sindicatos y de I.U., el gobierno ha aprobado la reforma de la Ley de Órganos Rectores de Cajas de Ahorro (LORCA), cuyo origen data de1988 y que fue modificada en 2002. El nuevo texto supone una bancarización del sector de cajas que da acceso a inversores privados a través de la emisión de acciones, lo cual facilitará la expansión exterior de las entidades que podrán explicar así su modelo de gestión, algo que había supuesto hasta ahora una enorme barrera con los mercados y organismos internacionales, incapaces de entender una estructura tan sui géneris como la de la cajas de ahorro españolas.
Según la nueva ley, las cajas podrán mantener su estatus actual si sus ratios de capital se lo permiten, aunque la verdadera novedad de la reforma es que las entidades podrán emitir cuotas participativas limitadas a un importe máximo del 50% de su patrimonio, lo que posibilitará que el gobierno de la entidad siga en manos de sus actuales gestores y no sean probables cambios a corto y medio plazo.
Por fin, se dotará de derechos políticos a las cuotas participativas para igualarlas a las acciones y se eliminará el límite máximo del 5% del capital de una caja en manos de un único inversor. Las cajas tendrán igualmente la posibilidad de traspasar el negocio bancario a una sociedad anónima, que estaría controlada mayoritariamente por una fundación, en la que se integrarían la obra social de la caja y sus respectivos órganos de dirección.
La otra lacra que el nuevo texto legal trata de regular es la relativa a la presencia de representantes políticos, número que sin duda se reducirá porque la norma determina la incompatibilidad de los cargos electos para ser miembro de los órganos de gobierno de las cajas. El problema en este punto, se focaliza en el hecho de que las cajas pueden convertirse en cementerios de elefantes a donde vayan a parar los ex cargos electos una vez hayan cumplido su mandato.
Hasta aquí, las modificaciones a la LORCA, aunque no conviene olvidar que a pesar de que esta es de aplicación global a todas las cajas de ahorros españolas, el Tribunal Constitucional, en sentencia de 1988, permitió a las comunidades autónomas introducir modificaciones, que afectan tanto a la composición de los órganos de gobierno como al destino de los gastos de la obra social o de las inversiones.
Hoy, existen en España un total de diecisiete normas legales de rango autonómico que regulan la actividad de las cajas y ello suscita serias dudas sobre el grado de cumplimiento del nuevo proyecto presentado por el gobierno, en un momento en el que la disposición de las autonomías a perder poder no existe por mucho que el nuevo texto legal pueda haber sido "consensuado".
Tendencias es una publicación on line de análisis socioeconómico de periodicidad semanal y de carácter restringido que edita Carlos Díaz Güell.