Garantía de Depósitos
Europa sigue muy lejos de EEUU
Pagará en siete días, frente a las 48 horas en Norteamérica
La Comisión Europea propone hoy reducir a siete días el plazo máximo en el que un Estado miembro estará obligado a pagar a los ahorradores el depósito mínimo garantizado en caso de quiebra de una entidad financiera (100.000 euros en la mayoría de los países, España entre ellos). El objetivo de esta medida es mejorar la protección de los ahorradores y preservar su confianza en el sistema financiero, evitando así retiradas masivas de depósitos bancarios.
Loable propósito, sin duda. Y una sustancial mejora, porque en la actualidad, la legislación comunitaria (y la española) fijan un plazo máximo nada menos que de tres meses para recuperar el dinero. A finales de año, este plazo deberá reducirse a entre cuatro y seis semanas. El nuevo plazo de siete días se aplicará a partir del 31 de diciembre de 2013. Algo que contrasta con Estados Unidos, donde los ahorradores pueden acceder a su dinero en 48 horas.
La nueva norma confirma que a finales de año todos los Estados miembros deberán haber aumentado la garantía mínima en caso de quiebra a 100.000 euros. Este importe se fijó en 2008, durante el peor momento de la crisis financiera, para evitar una competencia por los depósitos. Anteriormente, el mínimo garantizado era de 20.000 euros. Con este aumento, el 95% de los depósitos en toda la UE quedarán cubiertos.
Los Fondos de Garantía de Depósitos seguirán siendo financiados por las entidades, pero las contribuciones se calcularán según el nivel de riesgo de cada entidad, y no como sucede hasta ahora por el volumen de depósitos. El Ejecutivo comunitario quiere que hasta un 75% de estos fondos esté prefinanciado (el dinero se va poniendo cada año, como sucede en España) de aquí a 2020. Si resulta necesario utilizarlos, las entidades tendrán que realizar más pagos para cubrir el 25% restante. Si ello no es suficiente, se buscarán otros mecanismos de financiación, como la emisión de bonos.
El Ejecutivo comunitario propone además aumentar de 20.000 euros a 50.000 euros el importe de la indemnización garantizada a los inversores en caso de que una firma de inversión no está en condiciones de devolver los activos que guarda en nombre de sus clientes o de reembolsarles el dinero por haber quebrado. En este caso, el plazo máximo para pagar el dinero será de 9 meses tras la quiebra. Además, la Comisión Europea quiere que los inversores también estén cubiertos si la firma de inversión utiliza a un tercero como custodio de los activos del cliente y este custodio quiebra sin devolverlos; o si participan en fondos de inversión y registran pérdidas por la quiebra de un depositario o subcustodio del fondo. Es que la sombra de Bernard Madoff, protagonista del mayor fraude financiero en la historia de Estados Unidos, es muy alargada.
Para elaborar una normativa comunitaria sobre garantía a los afectados por la quiebra de una compañía de seguros (sólo 12 Estados miembros, entre ellos España con el Consorcio de Compensación de Seguros, tienen fórmulas de protección), la Comisión Europea ha abierto un período de consulta pública.