Monitor de la Construcción
Los criterios han sido cambiados en función de tamaños y garantías
Clasificación y solvencia: el reto de las empresas ante el PEI
El sector continúa confundido sobre los requisitos ante la falta de un Reglamento
Después de los nuevos recortes anunciados en las previsiones de inversión pública y en los que las infraestructuras tienen muchas papeletas para ser las víctimas propiciatorias, el PEI es, malgré tout, la gran esperanza del sector dedicado a la obra pública. Este Plan tiene sus propios problemas. Por ejemplo, ha puesto de actualidad dos cuestiones determinantes para las empresas constructoras que participan o quieran participar en la contratación de contratos de infraestructuras. Una es su inclusión en el registro de empresas clasificadas para poder acceder a este mercado así como el mantenimiento a lo largo del tiempo de esta autorización. La segunda es la determinación de las condiciones de solvencia financiera asociadas a la clasificación y las causas por las que puedan ser revisadas o que puedan determinar la pérdida de dicha clasificación.
Respecto a ambas cuestiones, que se interrelacionan inevitablemente, reina una cierta confusión por la falta de un Reglamento General que determine con claridad los requisitos, plazos y alcance de las mismas a pesar de que la Ley que norma estas cuestiones data de octubre de 2007. También, porque algunos reales decretos posteriores con los que se ha querido dar respuesta a las cuestiones más oscuras o confusas del la Ley en estos ámbitos, tampoco son un prodigio de claridad y, a veces, confunden más que aclaran.
Esta indefinición está motivando incertidumbres en muchas empresas, acuciadas por la falta de demanda en obra civil y que ven en el PEI una oportunidad para mantener cotas de actividad aceptables en los próximos dos años. Y está provocando también un aluvión de consultas porque, por una parte, la Ley de Contratos del Sector Público de 2007 consagra la duración indefinida de las respectivas clasificaciones pero sólo en tanto se mantengan las condiciones de solvencia que las causaron. Y por otra parte los criterios de solvencia han sido modificados, en lo que respecta a contratos de obras, no de servicios, en un RD de mayo de 2009, que viene a ser una norma de desarrollo pero solo para aquellos puntos en los que, por cambiar radicalmente en relación con la normativa anterior, es imprescindible una aclaración para no colapsar el sistema. Este RD establece los criterios para acreditar el mantenimiento de la solvencia financiera y a la vez define su alcance.
La modificación más importante está en los nuevos criterios de solvencia económica sobre los hasta ahora exigidos, porque además de los mínimos ya delimitados para cada categoría en el Reglamento de la Ley de Contratos del Sector Público para las empresas que quieran contratar con clientes públicos, estas empresas deberán presentar en su último Balance anual un patrimonio neto nunca inferior a la mitad su capital social y, en el caso de sociedades unipersonales o autónomos un patrimonio nunca inferior al mínimo exigido como capital social que la ley establece para las sociedades de responsabilidad limitada, es decir, actualmente 3.000,5 euros.
No hay aún normativa que regule la acreditación de la solvencia técnica. Así que ésta se determinará, se supone, en los pliegos de licitación. El Ministerio de Fomento dice que está trabajando en los que regirán los contratos derivados del PEI. Y aquí hay sus más y sus menos porque -a pesar de la tendencia del Fomento en anteriores ocasiones a considerar todo obra pura y dura, como ya ocurrió en el caso de las primeras adjudicaciones de los contratos de concesión para la renovación de las autovías de primera generación- esta vez no se trata de contratos de construcción sino de concesiones, todo lo peculiares que se quiera, pero concesiones al fin y al cabo. Y en estos casos la solvencia no debe cubrir sólo el coste de las obras sino todo el andamiaje financiero de apalancamiento y cálculo de los retornos a lo largo de todo el período concesional, es decir, a muy largo plazo. De nada sirve ganar un concurso y luego no poder financiarlo por no ofrecer garantías suficientes a los prestadores. En estas circunstancias la capitalización de las empresas va a ser determinante.
En el sector de la construcción, por las peculiaridades de su negocio, el nivel de capitalización de las empresas ha sido tradicionalmente escaso; por el contrario, el nivel de apalancamiento ha sido generalmente alto. Aunque en los dos últimos años ha habido un apreciable descenso en términos porcentuales del crédito vivo dispuesto por las empresas constructoras, sigue siendo muy alto, mientras que la capitalización de las cien mayores empresas del sector ronda apenas el 15% de sus ventas. Es por tanto el sector más endeudado, lo que se une a la también tradicional atomización empresarial del sector, puesto que la mayoría de las empresas tiene menos de cien trabajadores y escasos fondos propios.
En estas circunstancias quedan en el aire preguntas importantes: ¿Es eficaz, o simplemente, es posible que empresas medianas o pequeñas puedan acceder a contratos de concesión que exigirán disponer de adecuados fondos propios, capacidad de apalancamiento y capacidades técnicas importantes? ¿Dónde debe estar la línea roja que deje fuera de los concursos a empresas con menores ratios de capital, solvencia y recursos propios? ¿Tiene sentido, y sobre todo es legal, trocear los concursos en función de un hipotético -aunque nunca reconocido- reparto entre empresas de distintos tamaños?
La polémica causada sobre la solvencia financiera necesaria o deseable, según quién opina y en función de sus propios intereses, se ha intensificado con motivo del anunciado inicio de las licitaciones del PEI en la segunda parte de este año, y de las repetidas manifestaciones de los responsables del Ministerio de Fomento respecto a que habrá obra para todos, como si esto del PEI fuera el "Bienvenido Míster Marshall" del Gobierno, algo así como la "medicina contra la melancolía" que reclamaba el muy optimista Ray Bradbury cuando la ciencia ficción era, aún, un camino para la utopía y no la única árnica que el Gobierno sabe recetar contra la crisis (aquí hay que recordar también la fantasmal -en ambos sentidos- campaña de estoloarreglamosentretodos.org, que en paz descanse y que les costó a algunas empresas de este sector y de otros una pasta gansa). P
ero no va a haber obra para todos, por más que la propaganda gubernamental intente vender que el PEI es poco menos que el cuerno de la abundancia. Habrá obra para unos pocos y, es de esperar que esos pocos sean objetivamente los mejores, y no "los más amigos del dueño"... o, para no ofender, los que estén mejor posicionados para dar una impresión "políticamente correcta". O sea.