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Publicado el miércoles 17 de marzo de 2010
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El tribunal obliga al Estado a indemnizar a ocho consejeros de PSN

AMA intenta presionar a Economía con una sentencia del Tribunal Supremo

Hoy declara el director general de Seguros por tres querellas de la mutua

agrupación mutua sanitariaMiguel Ángel Valero.– Nada es casual. La prueba es que, un día después de que el Ministerio de Economía hiciera público que aprueba la propuesta de la Dirección General de Seguros sobre la liquidación de Mercurio, la aseguradora del grupo de empresas del presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, y un día antes de que el director general de Seguros, Ricardo Lozano, tenga que acudir a los juzgados para declarar como imputado sobre tres querellas de Agrupación Mutual Sanitaria (AMA), se hace pública una sentencia del Tribunal Supremo sobre un caso similar. Cómo una sentencia fechada el 3 de febrero se divulga ahora es un misterio de la sacrosanta Justicia española.

El caso es que el Tribunal Supremo ha obligado a la Administración a indemnizar con 210.029 euros a los ocho consejeros de la aseguradora Previsión Sanitaria Nacional (PSN) que fueron cesados de sus cargos por la Dirección General de Seguros el 22 de mayo de 1997 por presunta negligencia, según una sentencia dictada el pasado 3 de febrero.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por uno de los ochos consejeros destituidos contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de julio de 2008 que dio por ejecutada la sentencia de indemnización.

El Supremo confirma así la sentencia dictada por la Sección Novena del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 17 de mayo de 2004 que anuló la resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y obligó a la Administración a indemnizar a los consejeros de la mutua sanitaria con la cuantía de sus retribuciones correspondientes al año 1996.

De este modo, el Tribunal Supremo confirma que la Dirección General de Seguros  incurrió en responsabilidad patrimonial del Estado por un mal funcionamiento de los servicios públicos y concluye que la sustitución del órgano de administración de Previsión Sanitaria Nacional produjo un perjuicio a los consejeros destituidos.

El Supremo acepta así la alegación del consejero cesado, que consideraba que la Administración pública se negó a ejecutar la sentencia de indemnización en sus propios términos.

El recurrente también alegó la vulneración del artículo 24.1 de la Constitución Española por indefensión al aplicarse sobre unas personas que no habían podido ser parte en el procedimiento. Por su parte, el abogado del Estado pidió al tribunal que rechazara al recurso de casación.

La sentencia considera que el cese de los consejeros de la mutua fue "ilegal", a pesar de que se hubiera acordado como medida de control especial, tal y como estipula el artículo 39 de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Desde el primer momento del estallido del conflicto entre AMA y el supervisor, sus directivos, especialmente el entonces presidente de la mutua, Diego Murillo, se agarraron como a un clavo ardiente al caso de PSN, buscando similitudes entre ambas situaciones.