Monitor de la Construcción
El DNI del sector para la formación en prevención
Como consecuencia de lo previsto en la Ley 32/2006, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción y de lo establecido en el Convenio General del Sector de la Construcción 2007–2011, la Fundación Laboral de la Construcción ha comenzado a emitir la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC), un documento mediante el cual se acreditan, entre otros datos, la formación recibida por el trabajador del sector en materia de prevención de riesgos laborales, así como sus periodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad.
Está estrechamente vinculada la formación en prevención, obligatoria para todos los trabajadores del sector, quienes para obtenerla habrán tenido que recibir como mínimo la formación inicial de prevención de Aula Permanente. Según determina el vigente Convenio, la TPC será obligatoria a partir del 31 de diciembre de 2011.
La Fundación Laboral de la Construcción es el instrumento del sector de la construcción para canalizar, dentro de los compromisos de la responsabilidad social, la formación de sus trabajadores. Es una de las fundaciones laborales más antiguas de España, creada en 1.992 por los agentes sociales -la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) por parte de las empresas y MCA-UGT y FECAMA-CC.OO. por parte de los sindicatos-, teniendo como característica diferenciadora que es paritaria, es decir, que la decisiones se toman por unanimidad. Es la tercera entidad nacional por número de alumnos y la primera del ámbito privado.
Además de gestionar los recursos humanos y materiales dedicados a la formación profesional y a la formación en prevención -se financia a través de las cuotas pagadas por las empresas y por las subvenciones y ayudas públicas pertinentes-, la FLC ha debido asumir en 2007 nuevas obligaciones encomendadas tanto por el Convenio General del Sector como por la nueva Ley Reguladora de de Subcontratación en el Sector de la Construcción, que remite expresamente a esta institución cuestiones tan importantes como es el diseño y la impartición de la formación obligatoria en prevención y la elaboración y puesta en marcha de la acreditación de esa formación.
La TPC es un documento electrónico mediante el que se acredita la formación recibida por el titular en prevención de riesgos laborales, sus períodos de ocupación en las distintas empresas en las que haya ejercido su actividad laboral, su categoría profesional y su experiencia en el sector. En este sentido Manuel Fernández "Lito", máximo responsable de MCA-UGT, ha subrayado públicamente "el enorme reto que ha asumido la Fundación Laboral de la Construcción con el ambicioso plan de que en cuatro años todos los trabajadores del sector tengan la TPC, un instrumento sin precedentes que va a marcar un antes y un después histórico, un arma que ningún otro sector tiene y sin el que ningún profesional del sector podrá trabajar a partir del 1 de enero de 2012. Con la TPC, que será el DNI o la carta de presentación de cualquier trabajador de la construcción, la Fundación Laboral se ha convertido en el instrumento regulador y validador del propio sector, para que éste deje de regirse por la ley de la selva".
Pero este instrumento de acreditación también será de singular utilidad para las empresas puesto que les va a permitir certificar que sus trabajadores disponen como mínimo de la formación inicial y obligatoria en materia de prevención de riesgos, comprobar que los trabajadores afectos a sus empresas subcontratistas tienen la mencionada formación obligatoria y constatar que todos los trabajadores de nueva incorporación poseen la formación mínima exigible, facilitando de ese modo el cabal cumplimiento de las obligaciones en este ámbito que la normativa actualmente vigente hace recaer sobre dichas empresas.
Cualquier trabajador en activo o en situación de incapacidad temporal que desempeñe actividad laboral en las empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción podrá solicitar la TPC, al igual aquellos que, aunque estén en situación de desempleo, puedan acreditar al menos treinta días de alta en empresas encuadradas en el ámbito del citado Convenio, durante los doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitad de la TPC. Los titulares de esta tarjeta tendrán derecho a la exención del período de prueba en los contratos fijos de obra u otra modalidad de contrato temporal para los trabajos de su categoría profesional y siempre que acrediten su cumplimiento en cualquier empresa en la que hubieran prestado anteriormente sus servicios. La TPC caduca a los cinco años de su emisión, momento en el cual el titular podría renovarla siempre que acredite al menos treinta días de alta en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción en el período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de renovación.
Es la primera vez en España que un sector productivo acomete esta iniciativa, pero este tipo de "DNI sectorial" tiene un precedente que funciona hace diez años con reconocido éxito. El Reino Unido puso en marcha una iniciativa similar a finales de los noventa y el tiempo transcurrido ha permitido constatar fehacientemente que ha sido un rotundo éxito, con más de un millón de TPC emitidas y eso que no es, como será en el caso de España a partir del 2011, obligatoria sino voluntaria. La clave del éxito, según sus expertos, es que no solo permite al trabajador acreditar su preparación y conocimientos en los ámbitos profesional y de prevención sino que facilita a las empresas la contratación de los más preparados; y a ambos -trabajadores y empresas- concienciarse de que sin la acreditación mínima que exige la normativa vigente en materia de formación preventiva, va a ser cada vez más difícil contratar trabajadores o encontrar empleo.